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¿Cómo liquidar la renta al propietario cuando subarriendas el inmueble?
¿Cómo liquidar la renta al propietario cuando subarriendas el inmueble?

¿Alquilas un inmueble para subarrentarlo? ¡Automatiza el pago al propietario!

Actualizado hace más de una semana

1. Añade el contrato con el propietario

El primer paso será añadir las condiciones de contrato pactadas con el propietario para generar la liquidación. Si no lo has hecho ya, lo primero que tendrás que hacer es entrar en el inmueble, desplegar la pestaña Propietarios y añadir el propietario. Si ya está creado, clica en Ver.

En el menú de Añadir o Ver el propietario, rellena los datos de nombre, DNI, etc y, en la mitad derecha de la pantalla, despliega Datos de facturación e indica en la parte inferior de la pestaña el IVA e IRPF que se le aplique al contrato con el propietario. La opción impuestos incluidos en el importe indica si el importe que añadiremos a continuación es la base imponible o el total.

Una vez hecho esto, Guarda en la pestaña inferior izquierda de la pantalla y, una vez de vuelta en el menú principal del inmueble, despliega en la parte inferior de la pantalla Contratos de Gestión.

Clica en Añadir Contrato y rellena los datos de fecha de inicio, fecha de fin (opcionalmente), la mensualidad... añade también los documentos del contrato en el espacio de la parte inferior.

2. Programa la liquidación

Una vez hecho esto, para configurar el pago automático al propietario accede a la pestaña Liquidaciones, después abre Liquidaciones Programadas:

En el formulario de programación de la liquidación, rellena los siguientes campos:

  • Nombre: cómo identificarás la liquidación. Por ejemplo Pago + nombre del propietario.

  • Fecha de liquidación: la fecha contable, por ejemplo el primer día del próximo mes.

  • De quién: de quén proviene la liquidación y quién emite la factura. En este caso, vuestra empresa gestora.

  • A quién: quién recibe la liquidación y quién recibe la factura. En este caso "propietario".

  • Contacto: aparecerá un desplegable de todos los propietarios. Elige, si hay varios, al que hayáis asignado en el contrato de gestión.

  • Frecuencia: mensual, trimestral, anual...

  • Inicio: la fecha a partir de la que podréis visualizar la información.

  • Final: si se cobrarán durante un intervalo limitado de tiempo, indica cuándo dejaréis de cobrar los honorarios. Si no, se deja en blanco. Los días de preaviso son con respecto a esta fecha.

  • Conceptos: marca las siguientes opciones:

    • Contratos de gestión: el programa cogerá el importe de la mensualidad del contrato de gestión.

    • Gastos repercutibles: si existe la posibilidad de descontar gastos internos del piso del importe que recibe el propietario.

  • Pagado: no se debe indicar como pagado para poder controlar cuándo se paga al propietario.

Una vez hecho esto, el programa generará con la frecuencia que hayáis indicado el pago al propietario del importe del contrato de gestión.

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